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July 05 El consumo moderado de cerveza tras el deporte ayuda a evitar las agujetasEl consumo moderado de cerveza después de realizar ejercicio físico puede ser beneficioso porque favorece la rehidratación y ayuda a evitar dolores musculares, las agujetas entre ellos. El cardiólogo y ex base de la selección española de baloncesto y del Real Madrid Juan Antonio Corbalán ha hablado hoy de las virtudes de esta bebida en los cursos de verano de la Universidad del País Vasco. En esta jornada, titulada "Los valores del baloncesto", Corbalán ha explicado que un estudio realizado por la Universidad de Granada y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas hace algo más de dos años concluyó que la ingesta moderada de cerveza puede contribuir "a mantener niveles más altos de glucosa plasmática y atenuar las respuestas hormonales al estrés", han informado los cursos de verano en un comunicado. Según esta investigación, las maltodextrinas, carbohidratos de gran importancia para la nutrición deportiva y presentes en la cerveza, corrigen la posibilidad de hipoglucemia, ya que se metabolizan lentamente liberando unidades de glucosa que pasan progresivamente a la sangre y dan lugar a concentraciones de glucosa en plasma menos elevadas y más extendidas. Corbalán, especialista en fisiología del ejercicio, ha señalado que "el alto contenido en agua de la cerveza, el equilibrio de sus componentes (hidratos de carbono, bajo contenido en sodio y ausencia de grasas), su capacidad refrescante, su bajo aporte calórico y su baja graduación alcohólica hacen de la cerveza una bebida interesante para el mantenimiento de los márgenes cardiosaludables de los deportistas". Se ha demostrado, asegura la nota de la UPV, que el consumo moderado de cerveza -un máximo de tres cañas los hombres y dos las mujeres- puede tener efectos positivos para el organismo, siempre que se trate de individuos adultos y sanos. July 03 La mejor cerveza… según Facebook
La famosa cerveza mejicana fue elegida la mejor cerveza a través de una “encuesta” a través de Facebook contestada por unos 2,5 millones de personas. Esta se adelanto a otras tan conocidas como Heineken, Guinness o Budweiser. Esta suave cerveza es una de las más extendidas del planeta y se vende en unos 160 países alrededor de todo el mundo. Para realizar esta encuesta se utilizó una aplicación integrada en Facebook llamada “Pick Five” en la que los usuarios pueden compartir y comparar sus gustos con el resto de usuarios. Al tener solo 5 posibilidades no sabemos que hubiera pasado si hubieran entrado otras cervezas en juego, pero aún así, está claro que es una gran noticia para la empresa mejicana. Los resultados fueron los siguientes: 1º – Corona de Grupo Modelo (Méjico): 645,445 Fiesta de la cerveza en Irura (Euskadi) – 7ª ediciónLa Ikastola de Irura y el Ayuntamiento han organizado conjuntamente la séptima edición de la Feria de la Cerveza que se llevará a cabo en el frontón municipal de Irura desde hoy y hasta el domingo. Este año la organización del evento ha incluido varios cambios en el programa, todos ellos relacionados con el tema principal en el que se basa: la década de 1970. La feria se inaugurará hoy viernes a las 18:00 horas, y en este primer día estará abierto el recinto del frontón municipal hasta la una de la madrugada. La organización mantendrá el mismo horario para el sábado y el domingo. El público podrá degustar durante estos tres días croquetas, codillos, bacalao con tomate, txistorra de Irura, salchichas Frankfurt y Bradtwurst, pastelitos de Irura, queso y membrillo, y además podrán probar entre las catorce marcas de las distintas cervezas que se pondrán a la venta. Este año como novedad mañana se podrá ver una exposición de coches antiguos, y por la noche a partir de las 23:00, se llevará a cabo el festival de play-back y karaoke. La declaración de la víctima
Nuevamente se habla de una modificación de la Ley Enjuiciamiento Criminal. En este caso versará sobre las declaraciones de las víctimas y de los testigos en los supuestos de violencia de género. Y ello cuando la regulación actual ya está dando lugar a interpretaciones judiciales distintas por parte de los distintos órganos, lo que ocasiona no pocos problemas prácticos. Así, el artículo 416 de Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge que "están dispensados de la obligación de declarar: 1º. Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge,...". Esto nos lleva a que las mujeres víctimas de violencia doméstica pueden acogerse a este derecho a no declarar tanto en sede policial como en sede judicial. En bastantes casos esto implica que lo que ante la policía o la guardia civil es una denuncia, en sede judicial –sea ya en instrucción o en un posterior momento, en el juicio propiamente dicho– se modifique, acogiéndose a su derecho a no declarar contra su pareja para no caer en un delito de falso testimonio. Bien, pues todo ello da lugar a una serie de problemas prácticos que siguen sin resolverse. En primer lugar, hay juzgados, minoritarios, que entienden que cuando le ley habla de cónyuge no cabe extender esta dispensa a la obligación de declarar a las parejas de hecho, con lo cual les recuerdan a las víctimas su obligación de declarar y que han de ser veraces. Otros juzgados, más numerosos, entienden que las parejas de hecho, si no siguen viviendo juntos, tampoco pueden acogerse a este derecho –lo que es frecuente, ya que se suele solicitar una orden de protección junto a la denuncia–, pero la opinión mayoritaria es la de permitir no declarar a las mujeres víctimas de violencia doméstica si así lo desean. A día de hoy incluso ha habido interpretaciones judiciales que manifiestan que las mujeres que han denunciado a sus parejas no pueden acogerse a su derecho a no declarar en virtud del citado precepto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, puesto que han sido ellas las que han iniciado los trámites policiales y han dado origen al procedimiento penal, por lo que no tiene sentido que, unos días más tarde, cambien de opinión. Si bien esta cuestión se encuentra sobre la mesa ante una posible reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se parte de la base de que la idea del precepto no era la de otorgar ese derecho a las denunciantes víctimas de violencia doméstica, sino posibilitar que las parejas puedan, en el curso de una investigación judicial, no declarar en contra de sus cónyuges respecto a cualquier otro hecho delictivo que no hayan denunciado ellas mismas. En cualquier caso, este problema procesal tan práctico, que se produce todos los días en los juzgados y que da lugar a diferentes respuestas judiciales, nos remite a las múltiples dificultades que tiene la violencia doméstica, donde dentro del ámbito penal se están resolviendo cuestiones de índole civil –en relación a la casa, a los hijos o a la situación económica de la pareja–, pero también de carácter afectivo, lo que se traduce en ocasiones en cambios de opinión por parte de quienes no dejan de ser víctimas, pero sin tener clara su situación. |
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